Los dentistas están exentos del cobro del 21% de IVA

Debido a la información difundida recientemente en los medios de comunicación, el Consejo General de Colegios de Dentistas de España ha declarado que los pacientes no tributan IVA por los tratamientos odontológicos que reciben.

Unicamente están gravados con el 21% de IVA los tratamientos con fines estéticos y los informes médicos realizados con el objeto de realizar un seguro de vida o ser presentados en procedimientos judiciales.

Según la resolución A-2012-10534 publicada en el BOE el 6 de agosto, establece que, a partir del 1 de septiembre de 2012, tributarán al tipo general del 21% los servicios prestados por profesionales médicos y sanitarios que no consistan en el diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades.

Por lo tanto, siguen manteniendo la exención del Impuesto los servicios prestados por odontólogos y estomatólogos, siempre y cuando se refieran actividades relacionadas con su profesión.

En cuanto a los materiales empleados para elaborar las ortodoncias o prótesis dentales, a partir del 1 de septiembre, está gravado con el tipo de IVA reducido, que ha pasado del 8 al 10%, al igual que en el resto de productos sanitarios. No obstante, los tratamientos mediante ortodoncia, ortopedias maxilares y prótesis dentales realizados por el dentista siguen estando exentos de IVA al tratarse de servicios prestados dentro del ámbito de la Odontología con fines médicos.

Imagen: Europa Press

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