El Consejo General de Dentistas interpreta de la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, que las clínicas dentales pueden reabrir y ofrecer de nuevo sus servicios en la fase cero del plan de desescalada establecido por el Gobierno español.

Sin embargo, en un comunicado colgado en su sitio web, el ente argumenta que el texto de la orden es “impreciso y poco claro”, por lo que su interpretación la difundió con el carácter de no vinculante.

La fase cero comenzó este lunes 4 de mayo y supone la apertura al público de determinados comercios minoristas y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado.

El Consejo General de Dentistas, de todas maneras, le pidió a los colegiados mantener la responsabilidad y la calma.

En el artículo 1.1 de la Orden gubernamental se dictamina la “posibilidad de que los establecimientos cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, puedan proceder a la reapertura al público”.

El documento exige condiciones de carácter organizativo y de higiene para este reinicio de actividades, aunque el Consejo llamó la atención de que  las medidas de higiene de las clínicas dentales son mucho más exigentes.

El comunicado del Consejo enlista las medidas recogidas en la norma:

Clínicas excluidas de la apertura:

-Las que tengan una superficie de más de 400 metros cuadrados.

-Las que estén ubicadas en un centro comercial y no tengan acceso directo desde la vía pública (sino únicamente desde el interior del centro comercial).

Requisitos generales para el funcionamiento:

-Los pacientes deben desplazarse a clínicas ubicadas en su municipio de residencia, salvo la inexistencia o indisponibilidad de clínicas en el mismo.

-Debe establecerse un sistema de cita previa que garantice que el paciente llegue a la clínica cuando vaya a ser atendido, dado que no puede utilizarse la sala de espera.

-Solo puede permanecer en el interior de la clínica un paciente por cada dentista que atienda.

-Debe garantizarse la separación física entre personal y pacientes cuando utilicen las zonas comunes (en caso de que la recepción de la clínica no tenga espacio suficiente para garantizar la distancia de seguridad, se instalarán mostradores y mamparas).

-Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este colectivo (o sea, de 10:00 a 12:00 y de 19:00 a 20:00 horas).

-Finalmente, se establecen en los artículos 2, 3 y 4 las medidas de protección e higiene que debe cumplir la clínica dental, así como medidas de prevención de riesgos laborales entre el personal.

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