El Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Cataluña (COEC) actuó como acusador particular en el caso de un protésico dental que fue condenado por el delito de intrusismo profesional.

El protésico ejercía como odontólogo sin poseer el título académico necesario, lo que constituye un delito, recogido en el artículo 403 del Código Penal.

El caso fue informado por el Consejo General de Dentistas, que detalló que el condenado diagnosticó y trató a pacientes sin tener conocimientos, lo que ha provocado graves consecuencias contra la salud de las personas que demandaban sus servicios.

El caso fue visto por el juzgado de lo penal número 3 de Vilanova i la Geltrú que, tras considerar los testimonios de todas las partes implicadas, ha condenado al protésico dental a 5 meses y 29 días de prisión y una multa de 2.148 euros.

Además, la jueza dictaminó que el acusado también cometió un delito de lesiones imprudentes y deberá indemnizar a un paciente con 85.618,76 euros.

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