Un juzgado de lo Penal de Sevilla condenó a dos protésicos dentales, uno de ellos propietario de una clínica dental, por un delito de intrusismo profesional.

La condena, difundida por el Consejo de Dentistas, fue de un año de prisión y de inhabilitación de funciones durante ese tiempo a ambos.

Al primero de ellos, la Justicia le condena como autor material del delito, mientras que, al propietario, la impone la pena de un año de prisión al considerar que fue cooperador del delito de intrusismo, por ser el gestor de hecho de la clínica dental y luego propietario.

El primero de ellos es también condenado como autor material de un delito de lesiones a la pena de 11 meses de prisión al causarle a su cliente una deformidad facial y una desviación mandibular que no se puede corregir. También fue condenado a indemnizar a la víctima con 34.552 euros.

Según destacó el juez como hechos probados, el primer condenado, que solo tiene la cualificación de protésico dental e igualmente carecía de título académico exigido para el ejercicio de la profesión de dentista, “realizó varios actos propios de la misma con aplicación de tratamientos dentales y odontológicos a varios clientes”.

A uno de ellos, le trató odontológicamente entre marzo de 2013 y marzo de 2017, llegándole a colocar un aparato quad hélix (un instrumento de expansión maxilar para corregir la mordida y ampliar la arcada) y una barra de mantenimiento.

Continúa el juez en su sentencia que “como consecuencia de este tratamiento” el paciente “tuvo que ser asistido en otra clínica dental y en el servicio de cirugía maxilofacial del hospital Virgen del Rocío, derivándose importantes perjuicios consistentes en una deformidad por asimetría facial”.

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