El Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de la I Región (COEM) ha lanzado una campaña de inspección de la publicidad que realizan las clínicas dentales, focalizando la actividad de revisión en la publicidad de los precios de los tratamientos y la financiación de estos.

La organización indicó que durante la campaña se revisarán folletos publicitarios, anuncios de radio y televisión, así como la publicidad realizada a través de Internet (páginas web, servicios de intermediación, de venta, de cupones, etc.).

De esta manera, en caso de apreciar alguna irregularidad o aspecto en dicha publicidad, que pueda contravenir la normativa aplicable (Ley de Crédito al Consumo, Ley de Protección de Consumidores de la Comunidad Autónoma de Madrid y demás normativa reguladora de consumidores y usuarios), el COEM lo pondrá en conocimiento de las autoridades correspondientes, para sancionar dichas conductas (Consejería de Sanidad, Consejería con competencias en materia de consumo) o para denunciarlas (asociaciones de consumidores y usuarios).

Acerca de la Información sobre financiación de tratamientos

Según explicó el COEM, conforme a la Ley de Crédito al Consumo, “la publicidad y comunicaciones comerciales, así como en los anuncios y ofertas exhibidos en las clínicas dentales (que ofrezcan un crédito o sean intermediarias) se debe indicar el tipo de interés o aquellas cifras relacionadas con el coste del crédito para el consumidor”.

Asimismo, la información básica deberá publicarse con una letra que resulte legible y con un contraste de impresión adecuado.

En todos los anuncios deberá figurar de modo claro, conciso y destacado, mediante un ejemplo representativo:

  • El tipo deudor fijo o variable, así como los recargos incluidos en el coste total del crédito para el consumidor.
  • El importe total del crédito.
  • La tasa anual equivalente (TAE).
  • La duración del contrato de crédito.
  • En el caso de los créditos en forma de pago aplazado del tratamiento, el precio al contado y el importe de los posibles anticipos.
  • El importe total adeudado por el consumidor y el importe de los pagos a plazos.

Por último, en el caso de ofrecer el pago del tratamiento aplazado, las clínicas dentales deberán informar al paciente:

  • Del precio total del tratamiento bajo esta fórmula de pago.
  • Del precio total del tratamiento en caso de pago al contado.
  • Del número total de plazos fijados.
  • De la periodicidad de los plazos.

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